✅ La Ley de Contrato de Trabajo otorga 90 días de licencia por maternidad, protegiendo derechos laborales y garantizando estabilidad.
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) en Argentina establece la licencia por maternidad como un derecho irrenunciable de las trabajadoras embarazadas, garantizando su protección durante el embarazo y después del parto. Esta normativa contempla un período específico de licencia con goce íntegro de sueldo para que la empleada pueda recuperarse y cuidar a su hijo recién nacido.
Vamos a detallar cómo regula la Ley de Contrato de Trabajo la licencia por maternidad, qué duración tiene, cuáles son los requisitos para acceder a ella y qué beneficios contempla. También analizaremos las obligaciones del empleador y las protecciones legales que amparan a la trabajadora durante este período.
Duración y condiciones de la licencia por maternidad según la LCT
La Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo) en su artículo 177 establece que la licencia por maternidad tiene una duración mínima de 90 días corridos, de los cuales 45 días deben tomarse antes del parto y 45 días después del nacimiento del bebé. Este período es obligatorio y no puede ser reducido ni transferido. En casos de partos múltiples, la licencia postnatal se extiende a 60 días.
Características principales de la licencia
- Licencia previa al parto (prenatal): 45 días corridos antes de la fecha probable del nacimiento.
- Licencia posterior al parto (postnatal): 45 días corridos después del nacimiento, ampliables en caso de parto múltiple o complicaciones de salud.
- Pago íntegro del sueldo: Durante toda la licencia, la mujer percibe su remuneración completa, la cual es abonada por el empleador y compensada luego por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Protección contra despidos: La trabajadora embarazada tiene estabilidad laboral desde la confirmación del embarazo hasta los 60 días posteriores a la finalización de la licencia por maternidad.
Requisitos para acceder a la licencia y derechos adicionales
Para acceder a la licencia, la trabajadora debe presentar un certificado médico que indique la fecha probable de parto y en general, realizar la solicitud formalizada en el ámbito laboral. La ley también contempla otros derechos relacionados, como:
- Permisos para asistencias médicas: La embarazada puede ausentarse del trabajo para realizar controles prenatales sin descuento de salario.
- Protección especial para trabajadoras con hijos adoptados: Se establece una licencia de 30 días corridos a partir de la entrega del niño, con condiciones similares a las de la licencia por maternidad biológica.
- Extensión por guarderías o lactancia: La LCT y la legislación complementaria prevén períodos o pausas especiales para la lactancia y cuidado del hijo menor.
Obligaciones del empleador
El empleador está obligado a respetar los plazos y condiciones establecidos, no puede exigir la reducción de la licencia ni negar su otorgamiento. Además, debe garantizar que la mujer pueda reincorporarse a su puesto de trabajo en las mismas condiciones laborales previas. Esta protección es fundamental para la igualdad de oportunidades y la no discriminación por motivos de embarazo o maternidad.
Requisitos, plazos y condiciones para acceder a la licencia por maternidad
La licencia por maternidad es un derecho fundamental establecido en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) en Argentina, que busca proteger la salud y el bienestar tanto de la madre como del recién nacido. Para acceder a esta licencia, es indispensable conocer los requisitos, plazos y condiciones que la normativa contempla.
Requisitos para acceder a la licencia por maternidad
- Ser trabajadora en relación de dependencia: La licencia está destinada a las mujeres que se encuentren bajo un contrato laboral formal, con aportes al sistema de seguridad social.
- Presentar certificado médico: Es obligatorio presentar un certificado obstétrico que acredite el embarazo y la fecha probable de parto, para iniciar el trámite correspondiente.
- Contar con la antigüedad mínima: Aunque la ley no establece un tiempo mínimo de antigüedad para acceder a la licencia, sí se requiere que la mujer esté trabajando al momento del inicio de la licencia.
Plazos de la licencia por maternidad
Según el artículo 158 de la LCT, la licencia por maternidad tiene una duración total de 90 días corridos, que se distribuyen de la siguiente manera:
- 30 días previos al parto: Período prenatal, destinado a preparar a la mamá para el nacimiento y cuidar su salud.
- 60 días posteriores al parto: Período posnatal, para la recuperación y el cuidado del bebé.
En caso de parto prematuro, adopción o nacimiento múltiple, la ley contempla ciertas flexibilidades y extensiones de plazos.
Extensiones y situaciones especiales
- Licencia adicional por nacimiento múltiple: Se otorgan 30 días más para cada hijo adicional.
- Adopción: La licencia es de 90 días a partir de la entrega del niño, sin anticipación.
- Parto prematuro o complicaciones: La madre tiene derecho a extender el período posnatal por el tiempo que dure la hospitalización del bebé.
Condiciones para el goce de la licencia
La licencia por maternidad es intransferible y debe ser respetada por el empleador, quien no puede exigir la realización de tareas laborales durante ese período. Además, la trabajadora tiene derecho a percibir la remuneración íntegra durante toda la licencia.
Es importante destacar que la protección al empleo comienza desde el inicio de la licencia y se extiende hasta cinco meses después del parto, lo que significa que la trabajadora no puede ser despedida sin causa durante ese lapso.
Ejemplo práctico
Una empleada que espera dar a luz el 15 de agosto podrá iniciar su licencia desde el 16 de julio (30 días antes), y continuar hasta el 13 de octubre (60 días posteriores). Si se trata de un parto gemelar, la licencia se extenderá 30 días más, finalizando el 12 de noviembre.
Tabla comparativa de plazos
Situación | Duración de la licencia | Distribución | Comentarios |
---|---|---|---|
Parto único | 90 días | 30 preparto / 60 posparto | Licencia estándar establecida por la LCT |
Parto múltiple | +30 días por hijo adicional | 30 preparto / 60+ extra posparto | Extensión para el cuidado de más de un bebé |
Adopción | 90 días | Desde entrega del niño | Se inicia al momento de la entrega, sin licencia previa |
Parto prematuro | 90 días + hospitalización | Flexible | Se extiende la licencia posnatal según la hospitalización |
La correcta comprensión y aplicación de estos requisitos, plazos y condiciones garantiza que la trabajadora pueda gozar plenamente de sus derechos y promover un entorno laboral respetuoso y equitativo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura la licencia por maternidad según la Ley de Contrato de Trabajo?
La licencia por maternidad tiene una duración mínima de 90 días, distribuidos generalmente en 45 días antes y 45 días después del parto.
¿La licencia por maternidad es remunerada?
Sí, la licencia por maternidad es remunerada y la trabajadora recibe su salario completo durante ese período.
¿Puede la trabajadora extender la licencia por maternidad?
La Ley permite la extensión de la licencia en casos especiales, como complicaciones de salud o parto prematuro, previa certificación médica.
¿Qué derechos tiene la trabajadora durante la licencia por maternidad?
Está protegida contra el despido y conserva todos sus derechos laborales, además de la estabilidad en su puesto de trabajo.
¿La licencia por maternidad aplica también a trabajadoras rurales o de casas particulares?
Sí, la Ley de Contrato de Trabajo contempla la licencia por maternidad para todas las trabajadoras en relación de dependencia, incluyendo estos sectores.
¿Qué sucede si el parto es múltiple?
En casos de parto múltiple, la licencia puede extenderse por un período adicional para garantizar el cuidado adecuado.
Punto clave | Detalle |
---|---|
Duración mínima | 90 días, con distribución de 45 días antes y 45 días después del parto. |
Remuneración | Salario íntegro durante toda la licencia. |
Estabilidad laboral | Prohibición de despido desde el inicio del embarazo hasta 1 año después del parto. |
Extensión de licencia | Posible con certificado médico en casos de complicaciones, parto prematuro o múltiple. |
Aplicabilidad | Para todas las trabajadoras en relación de dependencia, incluyendo rurales y de casas particulares. |
Licencia por adopción | También contemplada, con duración similar y condiciones establecidas en la Ley. |
Reintegro laboral | La trabajadora debe reincorporarse a su puesto al finalizar la licencia. |
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