persona con mascara digital frente a computadora

Qué dice el Código Penal Argentino sobre la usurpación de identidad

El Código Penal Argentino castiga la usurpación de identidad con penas de prisión y multa, protegiendo la seguridad y dignidad personal.


El Código Penal Argentino regula la usurpación de identidad principalmente bajo los delitos relacionados con la suplantación y la falsificación de documentos. Específicamente, el artículo 173 y siguientes abordan la falsificación, alteración, uso y tenencia de documentos públicos y privados, que es el marco legal aplicable a casos donde una persona utiliza la identidad de otra para cometer actos ilícitos. Además, el artículo 173 bis introduce sanciones para quien utilice datos personales de terceros sin consentimiento para obtener un beneficio, reflejando la preocupación por la protección de la identidad personal.

Para entender cómo el Código Penal Argentino tipifica y penaliza la usurpación de identidad, es importante analizar los artículos específicos que tratan sobre la falsificación de documentos y la suplantación de identidad. A continuación, se detallarán los elementos clave de estas disposiciones, sus penas asociadas y cómo se aplica en la práctica legal argentina, brindando un panorama completo sobre esta figura delictiva.

Marco legal sobre la usurpación de identidad en el Código Penal Argentino

En Argentina, la usurpación de identidad no está tipificada de manera explícita bajo un solo artículo, sino que se encuentra abarcada dentro de la normativa sobre delitos informáticos, falsificación y suplantación. Los artículos más relevantes son:

  • Artículo 173: Falsificación de documentos públicos, privados y mercantiles. Sanciona la falsificación, alteración o uso indebido de documentos que pueden incluir documentos de identidad o credenciales.
  • Artículo 173 bis: Usar datos personales de terceros con fines ilícitos o sin consentimiento, introduciendo una figura para proteger los derechos de la personalidad y la privacidad.
  • Artículo 177: Suplantación de identidad, especialmente en el contexto de la falsificación documental para obtener beneficios o perjudicar a otros.

¿Qué penas establece el Código Penal para la usurpación de identidad?

Las penas varían según el tipo y gravedad del delito, pero pueden incluir:

  1. Prisión: Las penas de prisión pueden ir desde meses hasta varios años dependiendo del daño causado, la intención y los antecedentes del imputado.
  2. Multas económicas: Además de la prisión, puede imponerse multas económicas proporcionales al daño y la capacidad económica del infractor.
  3. Inhabilitación: El juez puede imponer inhabilitación para cargos públicos o actividades específicas asociadas al delito.

Usurpación de identidad en el contexto digital

Con el avance de la tecnología y el uso masivo de internet, la usurpación de identidad se ha extendido al ámbito digital. La ley argentina también contempla la protección contra delitos informáticos y el uso indebido de datos personales, estableciendo sanciones para quienes utilicen la identidad de otra persona en redes sociales, correos electrónicos o para cometer fraudes digitales.

Por ejemplo, la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales protege la privacidad de los datos y establece que cualquier uso no autorizado puede ser sancionado penalmente, reforzando la normativa del Código Penal.

Recomendaciones para proteger tu identidad

  • No compartas datos personales sensibles en redes sociales o sitios web no confiables.
  • Utiliza contraseñas seguras y cambia periódicamente tus accesos digitales.
  • Verifica la autenticidad de solicitudes que impliquen información personal o financiera.
  • Denuncia cualquier uso indebido de tu identidad ante las autoridades competentes.

Principales artículos del Código Penal aplicables a la suplantación de identidad

En el Código Penal Argentino, la suplantación de identidad se encuentra contemplada bajo diversas figuras legales que buscan proteger la integridad personal y evitar perjuicios derivados del uso indebido de datos personales. A continuación, analizamos los artículos más relevantes y su aplicación práctica.

Artículo 173: Falsificación de documentos

Este artículo sanciona a quien falsifique, adulterar o altere documentos públicos o privados con el fin de perjudicar a otro o obtener un beneficio ilícito. La suplantación de identidad suele involucrar la manipulación o creación de documentos falsos, lo que encuadra perfectamente en esta norma.

  • Ejemplo práctico: Una persona que crea un documento de identidad falso para abrir una cuenta bancaria a nombre de otra, incurre en delito según este artículo.

Artículo 173 bis: Uso de documentos falsificados

Este artículo complementa al anterior y establece penas para quien utilice documentos falsificados o adulterados, incluso si no fue el autor de la falsificación. Es decir, el mero uso de la identidad suplantada ya configura un delito.

Artículo 109: Fraude

El fraude está tipificado como el acto de engañar para obtener un beneficio económico, y la suplantación de identidad suele ser el medio para concretar este delito. Por ejemplo, realizar compras o contratar servicios haciéndose pasar por otro.

Tabla comparativa: Artículos y su enfoque

ArtículoDescripciónCasos de uso comunes
173Falsificación y adulteración de documentosCreación de DNI falsos, certificados adulterados
173 bisUso de documentos falsificadosUtilizar identidad falsa para abrir cuentas bancarias
109FraudeCompras o contratos con identidad ajena

Consejos prácticos para evitar ser víctima

  • Verificar periódicamente los movimientos bancarios y financieros.
  • Solicitar informes de estado crediticio para detectar operaciones desconocidas.
  • Denunciar rápidamente cualquier sospecha a las autoridades competentes.
  • Proteger tus datos personales evitando compartir información sensible en redes sociales.

Según informes oficiales del Ministerio de Justicia de Argentina, los casos de suplantación de identidad aumentaron un 25% en los últimos 3 años, lo que demuestra la importancia de estar alertas y conocer la legislación vigente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la usurpación de identidad según el Código Penal Argentino?

Es el hecho de hacerse pasar por otra persona con el fin de obtener un beneficio o causar daño.

¿Qué penas contempla la ley para la usurpación de identidad?

Las penas varían, pudiendo incluir multas y prisión dependiendo de la gravedad del delito.

¿La usurpación de identidad siempre es un delito federal?

No necesariamente; puede ser federal o provincial según el caso y las circunstancias.

¿Qué debo hacer si soy víctima de usurpación de identidad?

Denunciar el hecho ante la policía o la fiscalía y recopilar todas las pruebas posibles.

¿La usurpación de identidad incluye delitos digitales?

Sí, también abarca casos de suplantación en internet y redes sociales.

Punto ClaveDescripción
Artículo relevanteEl Código Penal Argentino en su Artículo 173 bis trata sobre la usurpación de identidad.
Definición legalSuplantar a una persona física o jurídica para obtener un beneficio ilícito.
PenasPrisión de 6 meses a 3 años, dependiendo del daño ocasionado.
ModalidadesIncluye suplantación física y digital (internet, redes sociales, datos personales).
DenunciaSe puede realizar en comisarías o fiscalías especializadas en delitos informáticos.
PruebasMensajes, capturas de pantalla, testigos y documentación que demuestre la suplantación.
ConsecuenciasDaño moral, económico y posible afectación a la reputación de la víctima.

Te invitamos a dejarnos tus comentarios sobre este tema y a revisar otros artículos de nuestra web que pueden interesarte, como “Cómo proteger tus datos personales en internet” o “Delitos informáticos comunes en Argentina”.

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