aduana argentina control equipaje aeropuerto

Qué puedo traer del exterior según las normas de AFIP en Argentina

Según AFIP, podés traer del exterior ropa, tecnología y regalos hasta USD 500 sin pagar impuestos, ¡aprovechá tu franquicia!


Según las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en Argentina, los productos que un viajero puede traer del exterior están sujetos a ciertos límites y regulaciones que dependen del tipo de viaje y del medio de transporte utilizado. En términos generales, se permite ingresar bienes para uso personal sin pagar impuestos hasta ciertos montos máximos establecidos, y es fundamental conocer estos límites para evitar sanciones o la retención de los artículos en la aduana.

Vamos a detallar cuáles son los límites de franquicia permitidos por la AFIP, qué productos están restringidos o prohibidos, y cómo se deben declarar correctamente los bienes adquiridos en el extranjero al ingresar a Argentina. Además, incluiremos recomendaciones útiles para viajeros frecuentes y ejemplos claros para que puedas planificar tus compras y evitar inconvenientes al regresar a tu país.

Límites de franquicia para viajeros según AFIP

La franquicia es el valor límite de los bienes que una persona puede ingresar al país sin pagar derechos de importación. Según el medio de transporte, los límites actuales son:

  • Viajeros terrestres: hasta US$300 en total, y máximo 2 unidades por tipo de producto (por ejemplo, 2 camisas, 2 relojes).
  • Viajeros aéreos y marítimos: hasta US$500 en total, con el mismo límite de 2 unidades por tipo.

Estos valores se aplican para bienes adquiridos en el exterior y que son para uso personal o regalos. Si se supera la franquicia, se debe pagar un impuesto del 50% sobre el excedente.

Qué productos se pueden traer sin problemas

La AFIP permite ingresar bienes para uso personal, tales como:

  • Ropa y calzado
  • Equipamiento electrónico personal (celulares, cámaras, computadoras portátiles)
  • Artículos de tocador y perfumes
  • Pequeños regalos y souvenirs

Siempre respetando la cantidad máxima permitida, que suele ser de 2 unidades por tipo, para evitar que se considere importación comercial.

Productos restringidos o prohibidos

No se pueden ingresar sin autorización o declaración previa ciertos productos, entre ellos:

  • Alimentos frescos o perecederos
  • Medicamentos sin receta médica
  • Armas y municiones
  • Productos piratas o falsificados
  • Drogas y sustancias prohibidas

Cómo declarar tus productos y qué documentos tener a mano

Al llegar a Argentina, deberás pasar por el control aduanero donde te preguntarán si tienes bienes para declarar. Es importante:

  1. Conservar las facturas o tickets de compra de los productos adquiridos en el exterior.
  2. Declarar cualquier bien que supere el límite de franquicia o que esté sujeto a restricciones.
  3. Completar el formulario de declaración jurada que te entregan en el avión o en la aduana.

En caso de no declarar productos que superen el límite o productos prohibidos, existen multas y la posible retención de los bienes.

Consejos para viajeros

  • Calculá el valor total de tus compras para no superar la franquicia.
  • No lleves más de 2 unidades de un mismo artículo.
  • Si traés productos nuevos, lleva siempre su factura original.
  • Informate previamente sobre la normativa vigente, ya que puede variar.

Listado actualizado de bienes permitidos y restricciones para viajeros argentinos

Cuando planificás un viaje al exterior, es fundamental conocer el listado actualizado de bienes permitidos por la AFIP para evitar inconvenientes al regresar al país. La Administración Federal de Ingresos Públicos establece normas claras sobre qué productos se pueden traer sin pagar impuestos, cuáles tienen límites y cuáles directamente están prohibidos o restringidos.

Bienes permitidos sin impuestos para viajeros argentinos

Según la normativa vigente, cada viajero mayor de 18 años puede ingresar al país sin pagar impuestos un conjunto de bienes siempre y cuando respeten ciertos límites y condiciones:

  • Equipaje personal: ropa, calzado, artículos de higiene personal y uso personal.
  • Electrónicos: un equipo de telefonía celular o smartphone, una computadora portátil y una cámara fotográfica o filmadora.
  • Productos adquiridos en el exterior: hasta USD 500 para viajeros que ingresen por vía aérea o marítima, y hasta USD 300 para ingreso terrestre o fluvial.
  • Souvenirs y regalos: en cantidades que no sugieran fines comerciales.

Ejemplo práctico:

Si viajás a Brasil por avión y comprás una tablet y algunos regalos por un total de USD 450, podés ingresarlos sin abonar impuestos. Pero si excedés esos USD 500, tendrás que pagar impuestos sobre el excedente.

Restricciones y bienes prohibidos

La AFIP también establece restricciones sobre ciertos productos que pueden afectar la entrada al país:

  • Alimentos y bebidas: están sujetos a controles sanitarios y pueden requerir certificaciones. No se permite el ingreso de carnes, frutas, verduras o productos lácteos sin autorización.
  • Medicamentos: se permiten solo para uso personal y en cantidades razonables. Los medicamentos controlados requieren receta médica y autorización previa.
  • Armas y municiones: su ingreso está prohibido salvo autorización expresa de las autoridades competentes.
  • Productos de tabaco y alcohol: se permiten hasta 200 cigarrillos o 50 puros o 250 gramos de tabaco y hasta 2 litros de bebidas alcohólicas.

Consejo útil:

Antes de viajar, chequeá que tus compras y equipaje respeten estas restricciones para evitar retenes aduaneros y multas.

Comparativa de límites según medio de ingreso

Medio de ingresoMonto libre de impuestosEquipos electrónicos permitidosProductos de tabaco permitidosBebidas alcohólicas permitidas
Vía aérea o marítimaUSD 5001 celular, 1 notebook, 1 cámara200 cigarrillos o equivalentes2 litros
Vía terrestre o fluvialUSD 3001 celular, 1 cámara200 cigarrillos o equivalentes2 litros

Casos de uso y ejemplos reales

  • Viaje a Europa: María compró una laptop y un celular, ambos permitidos, y varios souvenirs dentro del límite de USD 500. Al volver no tuvo problemas para ingresar sus bienes.
  • Viaje a Chile por tierra: Juan superó el límite de USD 300 con varias compras electrónicas y debió abonar impuestos por el excedente, lo que le costó un 50% adicional del valor.
  • Ingreso de medicamentos: Ana trajo un medicamento controlado con receta médica y autorización, evitando problemas en la aduana.

la clave para evitar complicaciones en la aduana es conocer las normas vigentes, respetar los límites establecidos y llevar siempre la documentación necesaria. Prepararse adecuadamente garantiza un viaje más tranquilo y sin sorpresas al volver al país.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo traer del exterior sin pagar impuestos?

El límite para traer productos sin pagar impuestos es de USD 500 para mayores de 16 años que ingresan por vía aérea o marítima y USD 300 para transporte terrestre o fluvial.

¿Qué pasa si excedo el límite permitido?

Se debe pagar un impuesto del 50% sobre el valor que exceda el límite permitido según lo establecido por la AFIP.

¿Qué productos están prohibidos para ingresar al país?

Están prohibidos productos como drogas, armas, explosivos y ciertos alimentos frescos o animales vivos, entre otros.

¿Puedo traer alcohol o tabaco del exterior?

Sí, pero hay límites: 1 litro de bebidas alcohólicas y 200 cigarrillos o 50 puros por persona mayor de 18 años.

¿Qué documentación necesito para declarar mis compras?

Debes presentar factura o ticket de compra y, en algunos casos, el formulario de declaración de aduana según lo requerido por la AFIP.

Puntos clave sobre la importación personal según AFIP

  • Límites sin impuesto: USD 500 para vía aérea/marítima, USD 300 para terrestre/fluvial.
  • Impuesto en excedentes: 50% sobre el valor excedente.
  • Productos prohibidos: Drogas, armas, explosivos, ciertos alimentos y animales.
  • Límites para alcohol y tabaco: 1 litro de alcohol, 200 cigarrillos o 50 puros.
  • Declaración obligatoria: Presentar factura y formularios requeridos.
  • Edad mínima para franquicia: 16 años.
  • Bienes usados: Generalmente se permiten, pero pueden tener restricciones.
  • Equipaje acompañado: Se consideran los bienes llevados personalmente dentro del equipaje.

Te invitamos a dejar tus comentarios sobre tu experiencia con la aduana y a revisar otros artículos en nuestra web que también pueden interesarte.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio