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Se Puede Cobrar Jubilación y Pensión por Discapacidad al Mismo Tiempo

Sí, es posible cobrar jubilación y pensión por discapacidad simultáneamente en Argentina, maximizando tu cobertura social y económica.


En Argentina, no es posible cobrar simultáneamente una jubilación y una pensión por discapacidad debido a normativas de la Seguridad Social que regulan estos beneficios. Ambos son prestaciones de carácter previsional, pero están diseñadas para situaciones diferentes, por lo que generalmente se otorga una u otra según corresponda al beneficiario.

Para comprender mejor esta temática, es fundamental analizar el marco legal vigente, los tipos de beneficios que existen y en qué casos una persona podría acceder a uno u otro. A continuación, se detallarán las características de la jubilación y la pensión por discapacidad, las condiciones para acceder a cada una y cómo se determina cuál corresponde en cada situación particular.

¿Qué es la Jubilación y quién puede cobrarla?

La jubilación es un beneficio previsional que se otorga a las personas que han alcanzado la edad legal establecida y han cumplido con los requisitos de aportes al sistema de seguridad social. En Argentina, la edad jubilatoria general es de 65 años para hombres y 60 años para mujeres, aunque existen excepciones según sectores específicos.

  • Requisitos principales: Edad mínima y cantidad de años aportados.
  • Objetivo: Garantizar un ingreso tras la finalización de la vida laboral activa.

¿Qué es la Pensión por Discapacidad?

La pensión por discapacidad es un beneficio económico otorgado a personas con discapacidad que acreditan una incapacidad laboral total o parcial, y que no pueden realizar actividades remuneradas en forma habitual. Este beneficio se otorga independientemente de la edad y tiene requisitos específicos vinculados al grado de discapacidad.

  • Requisitos: Certificado de discapacidad, evaluación médica, y en algunos casos, años de aportes o condiciones sociales.
  • Objetivo: Brindar apoyo económico a personas con limitaciones para trabajar.

¿Por qué no se pueden cobrar ambos beneficios al mismo tiempo?

La legislación argentina establece que un mismo individuo no puede recibir dos beneficios previsionales que cubran la misma contingencia, es decir, ingresos que reemplazan la capacidad de generar ingresos laborales. En este sentido:

  1. Si la persona ya está jubilada, no puede percibir una pensión por discapacidad, porque la jubilación implica haber cesado la actividad laboral.
  2. Si una persona recibe una pensión por discapacidad y posteriormente cumple la edad para jubilarse, deberá optar por uno de los dos beneficios.

Esto evita la duplicación de pagos y asegura la correcta administración del sistema previsional.

Excepciones y Consideraciones Especiales

Existen situaciones particulares donde pueden coexistir ciertos beneficios, pero no es el caso de jubilación y pensión por discapacidad. Por ejemplo:

  • Una persona puede cobrar una pensión por discapacidad y, a la vez, recibir asignaciones familiares o sociales complementarias.
  • En casos de accidentes laborales, puede haber otras prestaciones o indemnizaciones que se sumen a la pensión.

Sin embargo, cuando se trata de beneficios previsionales básicos, debe seleccionarse uno solo.

Recomendaciones para quienes estén en esta situación

Si estás evaluando tu derecho a alguno de estos beneficios, ten en cuenta:

  • Consultar con un profesional o asesor previsional para conocer cuál beneficio te corresponde.
  • Revisar tu historial de aportes y tu situación médica para determinar la viabilidad de cada prestación.
  • Estar atento a los requisitos de la ANSES y otros organismos responsables.

De esta manera, podrás gestionar el beneficio que mejor se adapte a tu situación personal y cumplir con las normativas vigentes.

Diferencias clave entre jubilación y pensión por discapacidad en Argentina

En Argentina, entender las diferencias fundamentales entre la jubilación y la pensión por discapacidad es crucial para quienes buscan acceder a estos beneficios. Aunque ambos son prestaciones económicas otorgadas por el sistema previsional, sus requisitos, destinatarios y finalidades difieren significativamente.

¿Qué es la jubilación?

La jubilación es un beneficio que se otorga a aquellas personas que han alcanzado la edad establecida por la ley y han cumplido con un mínimo de aportes previsionales. Su objetivo principal es garantizar un ingreso económico tras la finalización de la etapa laboral activa.

  • Edad mínima: Generalmente 65 años para hombres y 60 años para mujeres, aunque existen regímenes especiales.
  • Aportes: Se requiere un mínimo de 30 años de aportes en el sistema.
  • Destinatarios: Trabajadores del sector público y privado que cumplen con los requisitos.

¿Qué es la pensión por discapacidad?

La pensión por discapacidad está destinada a personas que, debido a una condición física o mental, presentan una incapacidad laboral que no les permite desempeñarse en su empleo habitual. No requiere haber alcanzado una edad o cantidad de aportes específica.

  • Requisito fundamental: Certificación médica oficial que confirme un grado de discapacidad igual o superior al 76%
  • Sin requisito de edad: Puede otorgarse a personas de cualquier edad que cumplan con la discapacidad requerida.
  • Destinatarios: Personas con discapacidad que no pueden trabajar o tienen una capacidad reducida para hacerlo.

Tabla comparativa: Jubilación vs. Pensión por discapacidad

AspectoJubilaciónPensión por discapacidad
Edad mínima60-65 años (según sexo y régimen)No aplica
Aportes mínimos30 años o másNo es necesario
Condición laboralFinalización de la etapa laboral activaIncapacidad laboral certificada
Requisitos médicosNoCertificación oficial con discapacidad ≥ 76%
ObjetivoGarantizar ingreso tras retiro laboralBrindar soporte económico ante incapacidad

Casos prácticos para entender mejor

  1. María, 62 años: Cumple con 32 años de aportes y decide jubilarse. Ella recibirá la jubilación porque alcanzó la edad y los aportes requeridos.
  2. Luis, 45 años: Fue diagnosticado con una discapacidad que le impide trabajar. Luis puede solicitar una pensión por discapacidad aunque no haya cumplido la edad ni los años de aportes.
  3. Clara, 58 años: Tiene 28 años de aportes pero una discapacidad certificada del 80%. En este caso, podría acceder a la pensión por discapacidad sin esperar a jubilarse.

Recomendaciones prácticas

  • Consultar la documentación pertinente en ANSES para conocer el estado de tus aportes y certificados médicos.
  • Realizar un seguimiento del grado de discapacidad con evaluaciones periódicas para mantener la pensión.
  • Asesorarse con un experto en derecho previsional para optimizar el acceso y evitar errores en los trámites.

Preguntas frecuentes

¿Se puede cobrar jubilación y pensión por discapacidad simultáneamente?

No, generalmente no se pueden cobrar ambas prestaciones al mismo tiempo, ya que la ley establece que una persona debe optar por una sola.

¿Qué diferencia hay entre jubilación y pensión por discapacidad?

La jubilación es un beneficio por edad y años de aportes, mientras que la pensión por discapacidad se otorga por incapacidad para trabajar antes de la edad jubilatoria.

¿Qué sucede si se cobra una pensión por discapacidad y luego se jubila?

Al jubilarse, la persona debe tramitar la baja de la pensión por discapacidad y comenzar a cobrar la jubilación.

¿Puedo renunciar a la pensión por discapacidad para acceder a la jubilación?

Sí, es posible renunciar a la pensión por discapacidad para recibir la jubilación si se cumplen los requisitos para esta última.

¿Qué organismo administra estos beneficios en Argentina?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es el ente encargado de gestionar tanto jubilaciones como pensiones.

Datos clave sobre jubilación y pensión por discapacidad

ConceptoJubilaciónPensión por discapacidad
Requisito principalEdad mínima y años de aportesIncapacidad laboral reconocida
OrganismoANSESANSES
CompatibilidadNo compatible con pensión por discapacidadNo compatible con jubilación
MontoSegún años de aporte y promedio salarialVaría según grado de discapacidad y régimen
Trámite para cambioSolicitar jubilación y renunciar a pensiónSolicitar pensión y acreditar discapacidad
Posibilidad de apelaciónSí, en caso de rechazo o errorSí, si se cuestiona el grado de discapacidad

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